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3. Podrá revocar este consentimiento en cualquier momento, así como ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose por escrito a Viajes Tejedor, S.A. Gran Via de les Corts Catalanes, 645 7ª planta 08010 BARCELONA.

Precios

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Contenidos, marcas y logotipos

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Viajes Tejedor, S.A. se reserva el derecho a realizar los cambios que considere oportunos en los términos y condiciones establecidos. Las modificaciones se incluirán de forma destacada en la WEB de Viajes Tejedor, S.A.

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10. La inscripción del usuario como cliente registrado de Viajes Tejedor, S.A. implica el conocimiento y aceptación expresa de las presentes condiciones generales. La contratación de un servicio turístico concreto ofertado por los proveedores de servicios o viajes combinados que figuran en Viajes Tejedor, S.A., implica la aceptación explícita de las condiciones generales de contratación del proveedor del que se trate. El documento en el que se formalice el contrato será archivado en una base de datos accesible únicamente a Viajes Tejedor, S.A., como responsable de la misma. El cliente podrá identificar y corregir los errores padecidos en la introducción de datos comunicándolo a Viajes Tejedor, S.A., utilizando el trámite previsto en la cláusula 3ª de estas condiciones.

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12. El usuario es responsable de facilitar sus datos correctos, especialmente la dirección de entrega de los pedidos y documentos, así como los nombres de los pasajeros que deben coincidir exactamente con los que aparecen en su DNI o Pasaporte. Viajes Tejedor, S.A. no se hace responsable de los problemas o gastos generados por errores de esta índole.

13. Si cualquier cláusula incluida en estas condiciones generales fuese declarada, total o parcialmente, nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan sólo a dicha disposición o a la parte de la misma que resulte nula o ineficaz, subsistiendo las condiciones generales en todo lo demás, teniéndose tal disposición, o la parte de la misma que resultase afectada, por no puesta.

VUELOS

1. Para obtener esta tarifa debe hacer ahora la reserva.

2. Todas las reservas realizadas en ViajesTejedor.com se entienden como compras inmediatas y confirmadas de billetes de avión. Una vez realizadas, efectuaremos el cobro y posterior emisión de los mismos, enviando el comprobante correspondiente al correo electrónico facilitado. En caso de no recibir dicho comprobante rogamos nos contacte llamando al teléfono 902 211012.

3. Al realizar su reserva está dando su conformidad expresa con respecto al nombre de los pasajeros, fechas, vuelos y tarifas.

4. El billete está sujeto a las condiciones del contrato de transporte de la Cía. Aérea y a la normativa nacional e internacional que lo regula, estableciendo limitaciones de responsabilidad respecto a la CIA. aérea. La agencia actúa como intermediaria entre el transportista y el cliente, por lo que no asume ninguna responsabilidad sobre el incumplimiento o la ejecución defectuosa del contrato de transporte.

5. El cliente deberá reconfirmar previamente el horario, fecha y terminal de salida del vuelo, y presentarse en el mostrador de facturación para obtener la tarjeta de embarque con la antelación mínima exigida por la compañía aérea (generalmente dos horas antes). El servicio de catering a bordo puede estar sujeto a pago. De existir reserva previa de asiento esta puede ser modificada unilateralmente por la compañía aérea.

6. Todos los billetes aéreos reservados se emitirán en formato electrónico. No se emitirán billetes electrónicos con origen fuera del territorio español ni a personas que no sean el titular del medio de pago.

7. ViajesTejedor.com no puede responsabilizarse de que el billete reservado no pueda emitirse debido a la falta de actualización de acuerdos entre las compañías aéreas elegidas. No podemos hacernos cargo de estos errores pero le contactaremos para intentar ofrecerle otra alternativa lo más similar posible al vuelo contratado, sin podernos responsabilizar en caso de que haya una diferencia de precio.

8. En el caso de reservas para menores de 16 años no acompañados por un adulto las tarifas indicadas pueden implicar el pago de un suplemento no indicado en los precios rogamos consulten. Para información más detallada sobre reservas para menores rogamos nos consulten.
9. La adquisición del billete conlleva la aceptación de estas condiciones por parte del cliente y de los pasajeros incluidos en la reserva.

10. El cliente en su propio nombre y en el de los pasajeros incluidos en la reserva acepta las anteriores condiciones, y se obliga a trasladarles la información contenida en este documento.

11. El precio total indicado en el proceso de compra tiene incluidas las tasas aeroportuarias, los gastos de gestión y el seguro de cancelación en el caso de contratarlo. El precio no incluye los gastos de visados ni las tasas de entrada o salida de un territorio que deberán ser abonadas en el aeropuerto en moneda local o dólares americanos.

12. Forma de pago: La introducción de su tarjeta de crédito implica la realización de la reserva, pero no la emisión de la misma. ViajesTejedor.com se reserva el derecho, por su seguridad, de cancelar cualquier reserva o solicitar otro medio de pago o una autorización de uso de tarjeta de crédito. En el caso de que la emisión no pueda realizarse porque el banco emisor de la tarjeta no autorice el cargo o por errores en la introducción de los datos de la tarjeta, como la numeración, fecha de caducidad o CVV, ViajesTejedor.com intentará contactar con los clientes, en la medida de lo posible, para tratar de solucionar el problema.

13. El cliente es el único responsable de que la información facilitada sobre los datos de la tarjeta bancaria sean auténticos y válidos para asumir el cargo realizado correspondiente a la compra de vuelos. En caso de que el cargo sea retrocedido o denegado por parte de la entidad bancaria, ViajesTejedor.com procederá a la cancelación de los vuelos contratados.  Es responsabilidad del cliente informarnos de cualquier tipo de cambio en los datos originales facilitados.

14. Con el objetivo de garantizar la seguridad del cliente, viajestejedor.com se reserva el derecho a solicitar al titular de la tarjeta una autorización firmada, junto con la fotocopia de la misma y del DNI o pasaporte, para garantizar su identidad. La no presentación a tiempo de esta información hará que la reserva se cancele sin garantía de poder recuperarla. Sin esta documentación no será posible la emisión de los billetes.

15. En el caso de residentes en islas, Ceuta y Melilla, viajestejedor.com se reserva el derecho de solicitar comprobante escrito de la documentación que acredite su condición de residente antes de proceder a la emisión de los billetes

16. Cambios y anulaciones: Las tarifas aéreas mostradas por viajestejedor.com corresponden siempre al precio más barato disponible correspondiendo frecuentemente a tarifas sujetas a un condicionado restrictivo por parte de la línea aérea y salvo indicación expresa no permiten cambios o anulaciones. Los cambios de ruta también están restringidos siendo imprescindible que el uso de los trayectos contenidos en un billete sea secuencial. Las compañías aéreas no permiten el uso de un trayecto de vuelta sin haber utilizado el de ida. En el caso de que estuvieran permitidos los cambios y anulaciones por parte de la compañía aérea, llevan asociados unos cargos de gestión por el servicio. Para conocer las condiciones exactas de la tarifa aérea reservada es necesario que nos contacte llamando al teléfono 902 211012 o nos envíe un correo electrónico a att.cliente@viajestejedor.es

17. Los cambios de nombre NO están permitidos. Los billetes son personales e intrasferibles por lo que pedimos especial atención al escribir los nombres y apellidos de los pasajeros. Los nombres deben coincidir literalmente con los existentes en la documentación que presenten en el aeropuerto el día de la salida no siendo válidas abreviaturas o diminutivos. Si los datos no coinciden se les puede denegar el embarque. Viajestejedor.com no puede responsabilizarse de los problemas derivados a causa de los errores en los nombres de los pasajeros.

18. Las condiciones de cambios y cancelación de la tarifa reservada incluidas en las condiciones generales se muestran durante el proceso de compra y el cliente las acepta activamente, por lo que ViajesTejedor.com se exime de cualquier responsabilidad derivada de la no lectura u omisión de estas condiciones por parte del cliente.

19. Recordamos que en la mayoría de los vuelos contratados como ida y vuelta con la misma compañía aérea, en caso de que el viajero no se presente en el trayecto de ida, la compañía aérea cancelará automáticamente el regreso del vuelo al considerarse como NO PRESENTADO. Se perderá el 100% del importe pagado así como la posibilidad de recuperar las plazas.

20. En vuelos transcontinentales el viajero debe reconfirmar con las líneas aéreas sus vuelos con una antelación de 72 horas a la salida del mismo. En caso contrario, la compañía aérea puede cancelar la reserva.

21. Duplicidad de reservas: nuestra web no impedirá formalizar reservas imposibles como, por ejemplo, duplicar vuelos al mismo o diferente destino para las mismas fechas y pasajero. El reembolso solo será tramitado en el caso de que la compañía lo autorice.

22. ViajesTejedor.com cobra unos gastos de gestión por la emisión de los billetes y no son reembolsables en ningún caso posteriormente a la emisión de los mismos.

23. ViajesTejedor.com cobrará unos gastos de gestión de 20 Euros por cambios, reembolsos y reemisiones, además de la penalización de la compañía aérea y cambio de tarifa en el caso de que la hubiera, por los servicios especiales que preste adicionalmente a la emisión de los billetes.

24. ViajesTejedor.com no puede responsabilizarse de los cambios y/o cancelaciones de vuelos por parte de las compañías aéreas. Cualquier tipo de cambio de horario, cancelación o modificación de los vuelos contratados es responsabilidad única y exclusivamente de la compañía aérea. Siempre que la compañía aérea nos avise con la antelación suficiente, te notificaremos por correo electrónico cualquier cambio o cancelación en la operativa de los vuelos contratados originalmente. Por lo tanto, es importante que en el momento de la compra nos indiques correctamente este dato y consultes tu correo frecuentemente.

25. Compras con combinación de compañías: ViajesTejedor.com ofrece la posibilidad de realizar compras combinando distintas compañías aéreas para la ida y para el regreso. En estos casos cada uno de los trayectos son independientes. El hecho de que una de las compañías modifique o cancele uno de los vuelos no implica que la otra compañía, ni ViajesTejedor.com, se responsabilicen de modificar o cancelar, sin gastos, el otro trayecto contratado.

26. Documentación del pasajero: Es responsabilidad del pasajero (incluido menores) llevar su documentación oficial en regla, que podrá ser solicitada también por la Cía. Aérea; debiendo obtener el pasaporte, visado y, en su caso, permisos necesarios (certificados de vacunación, condiciones sanitarias etc.) para el embarque, la entrada en el país de destino, o permanencia en las escalas del itinerario, incluso para trayectos nacionales de vuelos internacionales. No teniendo derecho a ningún tipo de reembolso en caso de denegarse el embarque por no cumplir los requisitos exigidos, (más información en www.mae.es y su Consulado).

27. Vuelos con destino o escala a Estados Unidos y Puerto Rico: A partir del 12 de enero de 2009 todos los viajeros bajo el VWP (países participantes en el programa de exención de visado) estarán obligados a conseguir una autorización de viaje electrónica a través de ESTA (sistema electrónico para la autorización de viaje) antes de embarcar en un transporte para viajar por aire o mar hacia EEUU. El sitio web de ESTA es: https://esta.cbp.dhs.gov/ donde deberá completar en línea el formulario de solicitud con al menos 72 de antelación al viaje. En la mayoría de los casos recibirá respuesta a los pocos segundos, como autorización aprobada, viaje no autorizado o autorización pendiente. Para información adicional visite: www.cbp.gov/travel. Las compañías aéreas exigen la presentación del DNI o Pasaporte a todos los pasajeros y en todos los vuelos para verificar la identidad de los viajeros. Dicha documentación se pedirá tanto en los mostradores de facturación como en las puertas de embarque. Es tu responsabilidad informarte y cumplir con los requisitos necesarios para realizar el viaje (pasaporte, visado, vacunas, etc), no teniendo derecho a ningún tipo de reembolso en caso de denegarte el embarque por no cumplir los requisitos exigidos. 

28. CONDICIONES DE CONTRATO Y OTROS AVISOS IMPORTANTES

AVISO

Si el viaje del pasajero termina o tiene una escala en un país que no sea el de salida, puede aplicarse el Convenio de Varsovia, rigiendo dicho Convenio y, en la mayoría de los casos, limitando la responsabilidad de los transportistas por muerte o lesiones personales, así como por pérdida del equipaje o daños al mismo. Véase también el aviso titulado "Aviso a los Pasajeros Internacionales sobre limitación de Responsabilidad" y "Aviso sobre limitaciones de Responsabilidad por Equipaje".

CONDICIONES DEL CONTRATO

1. A los efectos de este contrato, "billete" significa "billete de pasaje y talón de equipaje", o este Itinerario/Recibo en su caso, si se trata de un billete electrónico, del que forman parte las presentes condiciones y avisos; "transportista" significa todo transportista aéreo que transporte o se comprometa a transportar al pasajero o su equipaje en virtud de este contrato, o que realice cualquier otro servicio relacionado con dicho transporte aéreo, "billete electrónico" significa el Itinerario/Recibo emitido por o en nombre del transportista, los Cupones Electrónicos y, en su caso, un documento de embarque. "CONVENIO DE VARSOVIA" significa el Convenio para la Unificación de ciertas Reglas relativas al Transporte Aéreo Internacional, firmado en Varsovia el 12 de octubre de 1929, o dicho Convenio tal como fue modificado en La Haya el 28 de septiembre de 1955, según sea el caso.

2. El transporte realizado en virtud de este contrato está sujeto a las normas y limitaciones relativas a responsabilidad establecidas por el Convenio de Varsovia a menos que el transporte no sea "transporte internacional" según se define en dicho Convenio.

3. En tanto no se halle en contraposición con lo anterior, todo transporte realizado y demás servicios prestados por cada transportista estarán sometidos a: 1) las disposiciones que figuran en este billete, 2) las tarifas aplicables, 3) las condiciones de transporte establecidas por el transportista y las reglamentaciones conexas que forman parte de este contrato (y que pueden ser consultadas en las oficinas del transportista), excepto en el caso de transporte realizado entre un punto de los Estados Unidos o Canadá y cualquier punto fuera de dichos países, para el cual serán de aplicación las normas vigentes en dichos países.

4. El nombre del transportista puede aparecer abreviado en el billete, siempre que el nombre completo y su abreviatura figuren en los manuales, condiciones de transporte, reglamentos u horarios del transportista; la dirección del transportista es la del aeropuerto de salida que figura en el billete frente a la primera abreviatura del nombre del transportista; las escalas convenidas son aquellos puntos que se indican en este billete o que figuren en los horarios del transportista como escalas previstas en el itinerario del pasajero; el transporte a realizar en virtud de este contrato por varios transportistas sucesivos se considerará como una sola operación.

5. El transportista que emite un billete para transporte por las líneas de otro transportista, actúa sólo como agente de éste.

6. Cualquier exclusión o limitación de responsabilidad del transportista se aplicará y beneficiará a sus agentes, empleados y representantes, y a cualquier persona cuya aeronave utilice el transportista para el transporte, y a sus agentes, empleados y representantes.

7. El equipaje facturado será entregado al portador del talón de equipaje. En el caso de daños al equipaje en transporte internacional deberá presentarse por escrito la oportuna reclamación al transportista inmediatamente después de descubrirse el daño, y a lo sumo, dentro de los 7 días siguientes a la fecha de entrega en caso de retraso, la reclamación deberá presentarse dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que fuera entregado el equipaje. Véanse los manuales o condiciones aplicables para el transporte no internacional.

8. Este billete es válido por un año desde la fecha de emisión, a menos que se estipule otra cosa en el propio billete, en los manuales de tarifas del transportista, en las condiciones de transporte o en los reglamentos aplicables. La tarifa para el transporte realizado en virtud del presente contrato está sujeta a modificación antes de iniciarse el viaje. El transportista puede negarse a efectuar el transporte si la tarifa aplicable no ha sido pagada.

9. El transportista se compromete a esforzarse todo lo posible para transportar al pasajero y equipaje con diligencia razonable. Las horas indicadas en los horarios o en cualquier otra parte no se garantizan ni forman parte de este contrato. En caso de necesidad y sin previo aviso, el transportista puede hacerse sustituir por otros transportistas, utilizar otros aviones y modificar o suprimir escalas previstas en el billete. Los horarios están sujetos a modificación sin previo aviso. El transportista no asume la responsabilidad de garantizar los enlaces.

10. El pasajero deberá cumplir los requisitos gubernamentales del viaje y presentar los documentos de salida, entrada y demás exigidos, así como llegar al aeropuerto a la hora señalada por el transportista o, si no se hubiera fijado ninguna, con la antelación suficiente que le permita cumplimentar los trámites de salida.

11. Ningún agente, empleado o representante del transportista tiene autoridad para alterar, modificar o renunciar a cualquiera de las disposiciones de este contrato.

NOTA
. En transporte doméstico español la responsabilidad del transportista queda limitada de acuerdo con la Ley de Navegación Aérea de 21 de Julio de 1960 y R. Decreto 2333/1983, de 4 de Agosto.

AVISO A LOS PASAJEROS INTERNACIONALES SOBRE LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

Se informa a los pasajeros que realicen viajes en los que el punto de destino o una o más escalas intermedias se efectúen en país que no sea el de origen de su vuelo, que pueden ser de aplicación a la totalidad de su viaje, incluida cualquier parte del mismo comprendida íntegramente dentro de los países de origen o de destino, las disposiciones del Convenio de Varsovia.

Para aquellos pasajeros que viajan hacia, desde o con una escala prevista en los Estados Unidos de América, dicho Convenio y las especiales condiciones del transporte incorporadas a las tarifas aplicables establecen que la responsabilidad de los transportistas que han suscrito esos contratos especiales, está limitada, en la mayoría de los casos de muerte o lesiones personales de los pasajeros, a daños comprobados que no excedan de 75.000 US$, por pasajero, *y que esa responsabilidad hasta el límite mencionado, no dependerá de negligencia por parte del transportista. En el caso de aquellos pasajeros que viajan utilizando los servicios de un transportista que no haya suscrito dicho contrato especial, o en un viaje que no origine, finalice, o tenga una parada prevista en algún lugar de los Estados Unidos de América la responsabilidad del transportista por muerte o lesiones de un pasajero está limitada, en la mayoría de los casos, aproximadamente, a 10.000 ó 20.000 US$.

Los nombres de los transportistas que han suscrito dichos contratos especiales están a disposición del público en todas las oficinas de billetes de dichos transportistas y podrán ser examinados previa solicitud. Por lo general, se puede conseguir una protección adicional suscribiendo una póliza de seguros con una compañía privada del ramo. Este seguro no está afectado por limitaciones de responsabilidad del transportista derivadas del Convenio de Varsovia o de dichos contratos especiales de transporte. Para obtener información complementaria le rogamos consulte a su compañía aérea o a su compañía de seguros.

NOTA. En el límite de responsabilidad citado de 75.000 US$ están incluidos las costas y honorarios, excepto en los casos de demandas presentadas en Estados donde las sentencias fijen por separado dichas costas y honorarios, en los que el límite será la suma de 58.000 US$, con exclusión de costas y honorarios.

AVISO SOBRE LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD POR EQUIPAJE

La responsabilidad por pérdida, retraso o daño del equipaje está limitada a menos que se haya declarado un valor más alto y hayan sido pagados los cargos adicionales. Para la mayoría de los viajes internacionales (incluidos tramos domésticos de recorridos internacionales) el límite de responsabilidad es aproximadamente 9,07 US$ por libra (20,00 US$ por kilo) para el equipaje facturado y en 400 US$ por pasajero para el equipaje no facturado. Para viajes realizados totalmente entre puntos de los Estados Unidos el límite mínimo de responsabilidad es de 2.500 US$ por pasajero. Para ciertos tipos de artículos no puede declararse una valoración superior. Los transportistas no aceptan responsabilidad por artículos frágiles, valiosos o perecederos. Puede obtenerse información adicional del transportista.

EQUIPAJE

Equipaje facturado: En general, el pasajero podrá facturar su equipaje sin ningún coste adicional. El límite de equipaje varía según la compañía, la clase y la ruta. Así mismo las compañías podrán aplicar un cargo extra por exceso de equipaje. Equipaje de mano: En general, el pasajero podrá llevar su equipaje de mano en cabina sin ningún coste adicional. El límite de dicho equipaje varía según la compañía, la clase y el tipo de avión. Se recomienda que el equipaje de mano sea el mínimo posible. Para mayor información se recomienda contactar con la compañía aérea o agente de viajes. Para más información puede dirigirse a www.iata.org/bags para más información y links a las páginas web de las compañías aéreas.

AVISO A LOS PASAJEROS SOBRE IMPUESTOS, DERECHOS Y TASAS GUBERNAMENTALES

El precio de este billete puede incluir impuestos, derechos y tasas que han sido establecidos sobre el transporte aéreo por autoridades gubernamentales. Estos impuestos, derechos y tasas, que pueden configurar una porción significativa del costo del transporte aéreo, pueden estar incluidos en la tarifa o discriminadas en el casillero "IMPUESTO/DERECHO/CARGOS" del billete. También se podrá requerir del pasajero que abone impuestos, derechos y tasas que no hayan sido cobrados con anterioridad.

El siguiente aviso no aplica a billetes vendidos en los Estados Unidos para transporte originado en los Estados Unidos NO ADMISION AL VUELO POR OVERBOOKING En aquellos países donde las regulaciones de compensación por no admisión al embarque están vigentes, los transportistas disponen de planes de compensación para aquellos pasajeros que con reserva confirmada se les deniega el embarque, por no disponibilidad de plazas debido al overbooking. Los detalles de estas normas están disponibles en las oficinas de las compañías aéreas.

FACTURACIÓN EN HORA

El horario indicado en el billete o recibo-itinerario es la hora de salida del vuelo. La hora límite de facturación, notificada por la compañía aérea o indicada en los horarios de las mismas, es el último momento en el que le pasajero puede ser aceptado para el vuelo, permitiendo el tiempo necesario para completar todas las formalidades. Los vuelos no pueden quedar abiertos por pasajeros que lleguen tarde, no incurriendo en responsabilidad e transportista en estos casos.

ARTÍCULOS PELIGROSOS EN EQUIPAJE

Por razones de seguridad en el equipaje del pasajero no debe haber artículos peligrosos, tales como: Gases comprimidos (intensamente refrigerados, inflamables, no-inflamables y venenosos) como butano, oxígeno, nitrógeno líquido, o botellas de aire comprimido para bucear. Explosivos, municiones, fuegos artificiales y bengalas. Líquidos y sólidos inflamables tales como combustible, cerillas, pinturas, diluyentes, encendedores. Materiales radioactivos. Carteras o maletines con sistemas de alarma incorporados. Materiales oxidantes tales como cloruro de cal, peróxidos. Venenosos y substancias infecciosas tales como insecticidas, herbicidas y virus vivos. Otros artículos peligrosos, tales como materiales imantados, desagradables o irritantes. En cantidades limitadas pueden llevarse medicinas y artículos de aseo necesarios para el viaje, como atomizadores para el cabello, perfumes o medicinas que contengan alcohol. Muchos de los artículos mencionados pueden ser transportados como mercancía si están empaquetados de acuerdo con la normativa. Solicita información complementaria, si lo consideras necesario.

CONDICIONES DEL CONTRATO (SÓLO DOMÉSTICO)

1. El presente billete de pasaje y talón de equipaje, única y exclusivamente es válido para el tráfico doméstico, esto es, para el transporte en el que el punto de salida y el de destino, así como la escalas intermedias, sean territorio nacional español, quedando sometido en consecuencia, a la legislación española.

2. A los efectos de este contrato "billete" significa "billete de pasaje y talón de equipaje", del cual forman parte las presentes condiciones y avisos; "transportista" significa todo porteador aéreo que transporte o se comprometa a transportar al pasajero o su equipaje en virtud de este contrato, o que realice cualquier otro servicio relacionado con dicho transporte aéreo; "Ley de Navegación Aérea" significa la Ley 48/1960 de 21 de julio sobre Navegación Aérea. ("Boletín Oficial del Estado", n.º 176, de 23 de julio de 1960).

3. El transporte realizado en virtud de este contrato está sujeto a las normas y limitaciones relativas a responsabilidad establecidas por la Ley de Navegación Aérea, y R. Decreto 2333/1983, de 4 de agosto.

La responsabilidad del transportista por muerte, lesiones o cualquier otro daño corporal sufrido por el viajero está limitada por la Ley de Navegación Aérea en su artículo 117. La responsabilidad por destrucción, pérdida, avería o retraso de los equipajes facturados o de mano está igualmente limitada por la Ley de Navegación Aérea en su artículo 118, a menos que se efectúe previa declaración especial de valor y se pague el consiguiente cargo extra.

4. En tanto no se halle en contraposición con el párrafo anterior, todo transporte realizado y demás servicios prestados por cada transportista estarán sometidos a: 1) Las disposiciones que figuran en este billete. 2) Las tarifas aplicables. 3) Las condiciones vigentes en cada momento para el transporte aéreo.

5. La dirección del transportista es la indicada más abajo. Las escalas convenidas son aquellos puntos que se indican en este billete o que figuren en los horarios del transportista como escalas previstas en el itinerario del pasajero. El transporte realizado en virtud de este contrato por varios transportistas sucesivos se considerará como una sola operación.

6. El transportista que emite un billete para transporte por las líneas de otro transportista, actúa sólo como agente de éste.

7. Las exenciones o limitaciones de responsabilidad del transportista contenidas en el presente billete serán de aplicación a sus agentes, empleados y representantes, así como a cualquier persona cuya aeronave utilice el transportista en la ejecución del transporte y a sus agentes, empleados y representantes.

8. El equipaje facturado será entregado al portador del talón de equipaje. El recibo del equipaje sin protestas del tenedor del talón implica la renuncia a toda reclamación. Las reclamaciones por avería o retraso del equipaje facturado deberán formalizarse por escrito ante el transportista dentro de los diez días siguientes al de la entrega o a la fecha en que debió entregarse.

9. Este billete es válido por un año desde la fecha de emisión a menos que se estipule otra cosa en el propio billete. La tarifa para el transporte realizado en virtud del presente contrato está sujeta a modificación antes de iniciarse el viaje. EI transportista puede negarse a efectuar el transporte en caso de falta de pago de la tarifa aplicable.

10. El transportista se compromete a esforzarse todo lo posible para transportar al pasajero y equipaje con diligencia razonable. Las horas indicadas en los horarios o en cualquier otra parte no se garantizan ni forman parte de este contrato. En caso de necesidad y sin previo aviso, el transportista puede hacerse sustituir por otros transportistas, utilizar otros aviones y modificar o suprimir puntos de parada previstos en el billete. Los horarios están sujetos a modificación sin previo aviso. El transportista no asume la responsabilidad de garantizar los enlaces.

11. El pasajero deberá llegar al aeropuerto a la hora señalada por el transportista, o si no hubiera fijado ninguna, con la antelación suficiente que le permita cumplimentar los trámites de salida.

12. Ningún agente, empleado o representante del transportista tendrá autoridad para alterar, modificar o hacer renuncia de cualquiera de las disposiciones de este contrato.

VIAJES

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO PARA VIAJES COMBINADOS

I. Definición del Viaje Combinado
Los viajes contratados sobre la base de los programas publicados en viajestejedor.com tendrán carácter de Viaje Combinado a efectos de la normativa que regula estas Condiciones Generales siempre y cuando combinen al menos dos de los siguientes elementos: a) transporte, b) alojamiento o c) otros servicios turísticos no accesorios de los dos primeros y que constituyan una parte significativa del viaje.

II. Contratación del viaje combinado
1. Solicitud de la reserva
1. La intención de contratar un viaje combinado se concreta en una solicitud de reserva. Tras esa solicitud, la agencia organizadora se compromete a realizar las gestiones oportunas para obtener la confirmación de la reserva con arreglo al número de plazas disponibles y al período para el que se ha solicitado.

2. Al solicitar la reserva la agencia podrá reclamar al cliente un depósito de hasta el 20% del precio del viaje combinado (a partir de ahora el viaje) solicitado. De retirarse la solicitud de reserva antes de la confirmación, se reintegrará la suma depositada, deducidos, en su caso, los gastos de gestión oportunos.

2. Confirmación de la reserva
1. La perfección del contrato de viaje combinado se produce con la confirmación de la reserva, siendo desde ese instante de obligado cumplimiento para ambas partes.

3. Pago de la reserva
1. A la perfección del contrato el cliente deberá abonar el 40% del precio del viaje o completar hasta ese importe las cantidades que hubiere entregado a cuenta.

2. El pago del resto del precio se efectuará a la entrega al cliente de los títulos de transporte, bonos de viaje o cualquier otro documento indispensable para la correcta ejecución de las prestaciones que forman el viaje. Si no se fija plazo, se entenderá que el pago deberá efectuarse a lo más tardar 7 días antes de la salida.

3. La agencia podrá resolver el contrato y aplicar las reglas establecidas para el desistimiento antes de la salida si el cliente no realiza cualquiera de los pagos previstos en los apartados anteriores en el plazo que corresponda.

III. Reglas aplicables a las prestaciones del viaje combinado
4. Prestaciones

1. Las prestaciones que integran el contrato de viaje resultan de la información proporcionada al cliente en el folleto o programa y de las indicaciones relativas a esta información que se realicen al confirmar la reserva. No obstante, la agencia organizadora se reserva la posibilidad de modificar la información contenida en el folleto antes de la perfección del contrato. Para su validez, los cambios en dicha información se deberán comunicar claramente por escrito al cliente.

5. Alojamiento
Salvo que otra cosa se indique en el folleto o se disponga en condiciones particulares: a) El folleto recoge la clasificación turística que se otorga en el correspondiente país, siempre que ésta exista. En aquellos en los que no existe clasificación oficial, la categoría que se indica en el folleto es orientativa, intentando en este caso reflejar la mayor correspondencia entre la calificación utilizada y las expectativas que ello pueda generar razonablemente en un cliente español. b) El horario de ocupación de las habitaciones depende de las normas de cada hotel. Por lo general la habitación puede ocuparse a partir de las catorce horas del día de llegada y debe desalojarse antes de las doce horas del día de salida, con independencia de la hora de llegada y salida del viaje contratado. c) Las habitaciones o camarotes triples o cuádruples son generalmente habitaciones dobles a las que se añade una o dos camas, que suelen ser un sofá-cama o una cama plegable, excepto en ciertos establecimientos donde en lugar de camas adicionales se emplean dos camas más grandes.

6. Transporte
1. El cliente debe presentarse en el lugar indicado para la salida con la antelación indicada por la agencia o, en su defecto, por el contrato. Por regla general para el transporte aéreo la antelación mínima es de una hora y media sobre el horario de salida previsto.

2. Si el cliente no pudiera realizar el viaje por no haberse presentado con la antelación requerida, se aplicará el régimen previsto por el apartado 14 para la falta de presentación a la salida o, en su caso, el previsto en el apartado 12 para el desistimiento del cliente.

3. La pérdida o daño que se produzca en relación con el equipaje de mano u otros objetos que el cliente lleva consigo y conserva bajo su custodia es de su exclusiva cuenta y riesgo.

7. Otros servicios
1. Por regla general, el régimen de pensión completa incluye desayuno continental, almuerzo, cena y alojamiento; el régimen de media pensión incluye desayuno continental, cena y alojamiento. Igualmente por regla general, las comidas no incluyen las bebidas.

2. Las dietas especiales (vegetarianas o de regímenes especiales) sólo se garantizan si han sido pactadas por las partes en condiciones particulares.

IV. Derechos de las partes antes de empezar el viaje
8. Modificación del contrato

1. Si en cualquier momento anterior a la salida el cliente desea solicitar cambios referidos a los destinos, a los medios de transporte, a la duración, al calendario, al itinerario del viaje contratado o a cualquier otro extremo referido a las prestaciones y la agencia puede efectuarlos, ésta podrá exigirle el abono de los gastos adicionales justificados que hubiese causado dicha modificación así como una prima por modificación de la reserva que no podrá exceder del 3% del precio del viaje.

2. Antes de la salida, la agencia sólo puede realizar los cambios que sean necesarios para el buen fin del viaje y que no sean significativos.

3. En el supuesto de que la agencia se vea obligada a realizar cambios significativos lo pondrá inmediatamente en conocimiento del cliente. Este podrá optar entre aceptar la modificación del contrato y su repercusión en el precio, o resolver el contrato. El cliente deberá comunicar la decisión que adopte a la agencia dentro de los tres días siguientes al de la notificación de la modificación. Sí el cliente no comunica su decisión en el plazo indicado, se entenderá que opta por la resolución del contrato.

9. Revisión del precio
Los precios vienen expresados en Euros, salvo indicación en contrario de la moneda específica de otro país.

1. Según el Real Decreto Legislativo 1/2007 Artículo 157 la agencia sólo podrá revisar el precio, al alza o a la baja, siempre que dicha revisión se produzca antes de los 20 días previos a la salida y que no sea significativa, es decir, superior al 15% del precio del viaje. Además, dicha revisión sólo se podrá llevar a cabo para ajustar el importe del precio del viaje a las variaciones: a) de los tipos de cambio aplicados al viaje; b) del precio de los transportes comprendidos en el viaje, incluido el coste del carburante; c) de las tasas e impuestos relativos a determinados servicios, como tasas de aeropuerto, embarque, desembarque y similares incluidas en el precio.

2. El precio revisado se determinará tomando como referencia el contravalor de la moneda del país de destino y los precios, tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición del folleto. En caso de viajes que incluyan dos o más países, el tipo de cambio tomado como referencia es el del euro en la misma fecha.

3. Si la revisión del precio supone un aumento superior al 15% del precio del viaje, el cliente podrá resolver el contrato. El cliente deberá comunicar la decisión que adopte a la agencia dentro de los tres días siguientes al de la notificación de la modificación. Si el cliente no comunica su decisión en el plazo indicado, se entenderá que opta por la resolución del contrato.

10. Derechos del cliente en caso de resolución
1. En los supuestos en que el cliente, de acuerdo con los apartados anteriores, resuelva el contrato podrá optar entre: a) que le reembolsen en el plazo máximo de un mes todas las cantidades pagadas, o b) que, siempre que la agencia pueda proponérselo, le ofrezcan otro viaje equivalente o superior. Si el viaje ofrecido es de calidad superior, la agencia no le exigirá suplemento alguno.

2. En ambos casos, el cliente tiene derecho a reclamar la indemnización prevista para el supuesto de cancelación del viaje previsto en el apartado 13 y en sus mismos términos.

11. Cesión de la reserva
1. El cliente podrá ceder su reserva a una persona que reúna todas las condiciones requeridas en el folleto y en el contrato para realizar el viaje.

2. La cesión deberá ser comunicada por cualquier medio a la agencia y será gratuita la comunicación si se recibe al menos quince días antes de la salida del viaje. Si la cesión ocurre dentro de los 15 días antes de la salida, la agencia podrá exigir al cliente una prima por cesión no mayor del 3% del precio del viaje.

3. En todo caso, el cliente y la persona a quien haya cedido la reserva responden solidariamente ante la agencia del pago del resto del precio, así como de los gastos adicionales justificados que pudiera haber causado la cesión.

12. Derecho de desistimiento del cliente
1. Según el Real Decreto Legislativo 1/2007 Artículo 160, el cliente tiene la facultad de desistir del viaje contratado en cualquier momento antes de la salida. No obstante, si este desistimiento se produce dentro de los 15 días anteriores a la salida del viaje, deberá abonar una penalización en función del tiempo que falte para la salida, que será de: a) El 5% del precio del viaje si se produce con una antelación de más de 10 y de menos de 15 días. b) El 15% del precio del viaje, si se produce con una antelación entre los 10 y 3 días. c) El 25% del precio del viaje, si se produce dentro de las 48 horas anteriores a la salida.

2. El cliente no tendrá que abonar porcentaje alguno en concepto de penalización si el desistimiento tiene lugar por causa de fuerza mayor. Se considerará causa de fuerza mayor la muerte, el accidente o enfermedad graves del cliente o de alguna de las personas con quien conviva o cualquier supuesto análogo que le impida participar en el viaje.

3. En todos los casos, el cliente deberá abonar los gastos de gestión y anulación que produzca el desistimiento.

4. El desistimiento produce efectos desde el momento en que este se comunica a la agencia.

5. Conocido el desistimiento, la agencia devolverá al cliente las cantidades abonadas antes de un mes, deducidos los gastos de gestión y, en su caso, los gastos de anulación justificados y las penalizaciones.

6. Si el viaje estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de contratación, tales como flete de aviones, buques, tarifas especiales u otros análogos, los gastos de gestión, los gastos de anulación y las penalizaciones serán los que indique de modo explícito el folleto para ese viaje o los acordados de modo particular en el documento contractual.

13. Cancelación del viaje por parte del organizador
1. La cancelación del viaje, por cualquier motivo que no sea imputable al cliente, le da derecho a resolver el contrato con los derechos previstos en el apartado 10.

2. Si la cancelación del viaje se comunica dentro de los dos meses anteriores a la salida, la agencia deberá abonar al cliente una indemnización en función del tiempo que falte para la salida, que como mínimo será de: a) El 5% del precio del viaje si se produce con una antelación de más de 15 días y de menos de 2 meses. b) El 10% del precio del viaje, si se produce con una antelación entre los 15 y 3 días. c) El 25% del precio del viaje, si se produce dentro de las 48 horas anteriores a la salida.

3. No existe obligación de indemnizar en los siguientes supuestos: a) Cuando la cancelación se debe a que el número de personas inscritas es inferior al exigido en el folleto o en el contrato para el viaje. En este caso, la agencia debe comunicar por escrito la cancelación al cliente antes de la fecha límite fijada en el folleto o en el contrato. En su defecto, la agencia debe notificar la cancelación con una antelación mínima de diez días a la fecha de salida. b) Cuando la cancelación del viaje se debe a motivos de fuerza mayor. Son causas de fuerza mayor las circunstancias ajenas a la agencia, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.

14. Falta de presentación a la salida
1. Existirá falta de presentación a la salida si el cliente no comunica su voluntad de no llevar a cabo el viaje y no se presenta en el tiempo y lugar previstos para la salida. En este caso, pierde el derecho a la devolución de las cantidades entregadas y continúa obligado a abonar las que estuvieran pendientes de pago.

2. No obstante, si la falta de presentación tiene lugar por causa de fuerza mayor, el cliente tendrá derecho a que se le devuelvan las cantidades entregadas, deducidos los gastos de gestión y los gastos de anulación. A estos efectos, se considerará causa de fuerza mayor la muerte, el accidente o enfermedad graves del cliente o de alguna de las personas con quien conviva o cualquier supuesto análogo que le impida participar en el viaje y comunicar a la agencia esa imposibilidad antes de la salida.

V. Derechos y deberes de las partes después de iniciar el viaje
15. Cumplimiento defectuoso o falta de prestación de servicios
1. Cuando el cliente compruebe durante la realización del viaje que existe algún defecto o se produce la falta de prestación de algún servicio contratado, deberá comunicarlo en el mismo lugar y lo antes posible al organizador o al detallista y, en su caso, al prestador del servicio de que se trate. La comunicación se deberá llevar a cabo por escrito o en cualquier otra forma en que quede constancia. Tras recibir la comunicación, el detallista o el organizador deberán obrar con diligencia para hallar las soluciones adecuadas.

2. Si realiza dicha comunicación en el tiempo y forma indicados, el documento que la acredite le exonerará de aportar ulteriores pruebas sobre la existencia del defecto, salvo que el organizador, el detallista o el prestador del servicio hayan comprobado en presencia del cliente que el defecto no existe o que no reúne las características indicadas, y así lo hayan hecho constar.

3. Si el cliente no realiza dicha comunicación en el tiempo y forma indicados, deberá probar los defectos que se aleguen de acuerdo con los criterios generales de prueba y serán de su cuenta todos los daños que se produzcan o que se agraven por su falta de comunicación.

16. Imposibilidad de prestar una parte importante de los servicios por parte del organizador
1. La agencia deberá adoptar las soluciones adecuadas para la continuación del viaje si una vez iniciado el mismo no suministra o comprueba que no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el contrato. Son parte importante de los servicios previstos aquellos cuya falta de realización impide el normal desarrollo del viaje y provocan que no sea razonable esperar del cliente medio de ese tipo de viaje que lo continúe en esas circunstancias.

2. La agencia no podrá pedir suplemento alguno por las soluciones adoptadas para la continuación del viaje y abonará al cliente cualquier diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas.

3. Si el cliente acepta expresa o tácitamente las soluciones propuestas por la agencia no tendrá derecho a indemnización alguna por dichas modificaciones. Se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas si continúa el viaje con las soluciones dadas por el organizador.

4. Si las soluciones adoptadas por el organizador fueran inviables o el cliente no las aceptase por motivos razonables, la agencia deberá: a) Proporcionarle un medio de transporte equivalente al contratado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido, si el contrato incluye el viaje de regreso. b) Reembolsarle el precio pagado con deducción del importe de las prestaciones que le haya proporcionado hasta el fin del viaje, excepto si el defecto que impide la continuación del viaje es imputable al cliente. c) Abonarle la indemnización que en su caso proceda.

17. Desistimiento del cliente durante el viaje
1. El cliente tiene el derecho a desistir del contrato de viaje combinado una vez comenzado el viaje, pero no podrá reclamar la devolución de las cantidades entregadas y continuará obligado a abonar las que estén pendientes de pago.

2. Si el desistimiento obedece a un accidente o a una enfermedad del cliente que le impida continuar el viaje, la agencia está obligada a prestar la necesaria asistencia y, en su caso, a abonar el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas, deducidos los gastos de anulación debidamente justificados que correspondan.

3. En ambos casos, todos los gastos suplementarios ocasionados por el desistimiento, y en particular los de repatriación o traslado al lugar de origen, son a cargo del cliente.

18. Deber de colaboración del cliente al normal desarrollo del viaje

1. El cliente deberá atenerse a las indicaciones que le facilite agencia para la adecuada ejecución del viaje, así como a las reglamentaciones que son de general aplicación a los usuarios de los servicios comprendidos en el viaje. En particular, en los viajes en grupo guardará el debido respeto a los demás participantes y observará una conducta que no perjudique el normal desarrollo del viaje.

2. La infracción grave de estos deberes faculta a la agencia para resolver el contrato de contrato de viaje combinado. En este caso, si el contrato incluye el viaje de regreso, la agencia proporcionará al cliente un medio de transporte equivalente al contratado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido. La agencia tendrá derecho además a la indemnización que proceda por los daños imputables a la conducta del cliente.

VI. Responsabilidad contractual por cumplimiento defectuoso o incumplimiento

19. Distribución de la responsabilidad

1. La agencia organizadora y la agencia detallista responderán frente al cliente del correcto cumplimiento del contrato de viaje combinado en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje.

2. La agencia organizadora y la agencia detallista responden frente al cliente tanto si ejecutan ellas mismas las prestaciones comprendidas en el viaje como si las llevan a cabo sus auxiliares u otros prestadores de servicios.

3. La agencia organizadora, por ser la que planifica el viaje, responde de los daños causados al cliente por la no-ejecución o ejecución deficiente de las prestaciones comprendidas en el viaje así como de los daños que procedan del incumplimiento de cualquier otra obligación que corresponda a su ámbito de gestión de acuerdo con la legislación aplicable.

4. La agencia detallista, por ser la que vende u ofrece en venta el viaje propuesto por una agencia organizadora, responde de los daños causados al cliente por los errores que haya cometido al informarle sobre el viaje, por haber omitido la información que debía proporcionarle, por no haberle entregado la documentación necesaria para la correcta realización del viaje y, en general, por haber incumplido cualquier otra obligación que corresponda a su ámbito de gestión de acuerdo con la legislación aplicable.

5. Cuando en el contrato concurran conjuntamente diferentes organizadores o detallistas, cualquiera que sea su clase y las relaciones que existan entre ellos, la responsabilidad entre organizadores o entre detallistas será solidaria.

20. Causas de exoneración de responsabilidad.

La responsabilidad de organizadores y detallistas cesará cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes: a) Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al cliente. b) Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable. c) Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida. d) Que los defectos se deban a un acontecimiento que el detallista o, en su caso, el organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.

21. Deber del cliente de aminorar los daños

En todo caso, el cliente está obligado a tomar las medidas adecuadas y razonables para intentar reducir los daños que puedan derivarse de la no-ejecución o ejecución deficiente del contrato o para evitar que se agraven. Los daños que deriven de no haber adoptado dichas medidas serán de cuenta del cliente.

22. Deber de asistencia de la agencia

1. La agencia organizadora y la agencia detallista, a pesar de estar exoneradas de responsabilidad, continuarán obligadas a prestar la necesaria asistencia al cliente que se encuentre en dificultades.

2. No existirá el deber de asistencia previsto en el apartado anterior cuando los defectos producidos durante la ejecución del contrato sean atribuibles de modo exclusivo a una conducta intencional o negligente del cliente.

23. Deber de asistencia de la compañía aérea

Cuando la compañía aérea cancele un vuelo incluido en el contrato o incurra en un gran retraso será la responsable de prestar la debida asistencia y atención a los pasajeros afectados, debiendo asumir los gastos de comidas, llamadas, transportes y pernoctación si procede, en virtud de lo establecido en el Reglamento CEE 261/04, por el que se establecen las reglas comunes sobre compensación y asistencia de los pasajeros aéreos en casos de denegación de

embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos. En caso de cancelación de vuelo también vendrá obligada a pagar la compensación correspondiente al pasajero, así como a reembolsarle el precio del billete de avión si el pasajero opta por esta opción. Si la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables, el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo no estará

obligado a pagar las compensaciones pero sí a prestar la debida asistencia y atención a los pasajeros afectados y a reembolsarles el precio del billete si optan por esta opción.

24. Limitaciones de responsabilidad de los convenios internacionales

Cuando las prestaciones del contrato de viaje combinado estén regidas por convenios internacionales, el resarcimiento de los daños corporales y no corporales que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las mismas estará sujeto a las limitaciones que éstos establezcan.

25. Limitación de responsabilidad por daños no corporales

1. Cuando las prestaciones del viaje no estén regidas por convenios internacionales: a) las indemnizaciones por daños no corporales quedarán limitadas por todos los conceptos al doble del precio del viaje, incluidos los daños morales no derivados de un daño corporal y los reembolsos que deban realizarse. b) la indemnización de la agencia organizadora por los daños derivados de pérdida o deterioro del equipaje quedará limitada a 350 euros.

2. No regirán las limitaciones previstas en los dos apartados anteriores si la agencia o los prestadores de servicios han provocado intencionalmente los daños o han actuado de modo temerario a sabiendas de que probablemente se producirían.

26. Información sobre disposiciones aplicables a pasaportes, visados y vacunas

1. La agencia tiene el deber de informar sobre las formalidades sanitarias necesarias para el viaje y la estancia, así como sobre las condiciones aplicables a los ciudadanos de la Unión Europea en materia de pasaportes y de visados y responderá de la corrección de la información que facilite.

2. El cliente deberá obtener la documentación necesaria para realizar el viaje, incluido el pasaporte y los visados y la referida a las formalidades sanitarias. Todos los daños que puedan derivarse de la falta de esa documentación serán de su cuenta, y en particular, los gastos producidos por la interrupción del viaje y su eventual repatriación.

3. Si la agencia acepta el encargo del cliente de tramitar los visados necesarios para alguno de los destinos previstos en el itinerario, podrá exigir el cobro del coste del visado así como de los gastos de gestión por los trámites que deba realizar ante la representación diplomática o consular correspondiente. En este caso, la agencia responderá de los daños que le sean imputables de acuerdo con la diligencia normalmente exigible por los retrasos en la obtención de la documentación necesaria o por falta o insuficiencia de la misma.

27. Responsabilidad por prestaciones no incluidas en el viaje combinado

1. Las reglas de responsabilidad contractual del viaje combinado no son aplicables a prestaciones como la realización de excursiones, la asistencia a eventos deportivos o culturales, las visitas a exposiciones o museos, u otras análogas, que no se hallan incluidas en el precio global del viaje y que el cliente contrata con carácter facultativo con ocasión del mismo o durante su transcurso. En estos casos, la agencia deberá indicar al cliente el carácter facultativo de la prestación y que no forma parte del viaje.

2. Si la agencia interviene en la contratación de esas prestaciones responderá de acuerdo con las reglas específicas del contrato que realice.

VII. Reclamaciones y acciones derivadas del contrato

28. Ley aplicable

Este contrato de viaje combinado se rige por lo acordado por las partes y por lo establecido en estas condiciones generales, en las normas autonómicas vigentes en el lugar de celebración del contrato y, en defecto de éstas, por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007

29. Reclamaciones a la agencia

1. Sin perjuicio de las acciones legales que le asisten, el cliente podrá efectuar por escrito reclamaciones por la no-ejecución o la ejecución deficiente del contrato ante la agencia detallista en el plazo máximo de 30 días, a contar desde aquel en el que debía finalizar el viaje.

2. En el plazo máximo de otros 30 días, la agencia organizadora o la agencia detallista, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje, deberán contestar por escrito las reclamaciones formuladas dentro de plazo.

3. En esta fase, el cliente y la agencia podrán recabar la mediación de la administración competente o de los organismos que se constituyan al efecto para hallar por sí mismas una solución del conflicto que sea satisfactoria para ambas partes.

4. Si el conflicto no puede ser resuelto mediante la reclamación a la agencia, el cliente podrá reclamar en vía judicial ante los tribunales del lugar de celebración del contrato.

5. El cliente sólo podrá ser demandado ante los tribunales del lugar de celebración del contrato.

6. Las acciones judiciales derivadas del contrato de viaje combinado prescriben por el transcurso del plazo de dos años, a contar desde el día en el que debía finalizar el viaje.

30. Vigencia

Los viajes publicados en este portal tienen una vigencia que está determinada por los días de salida y están sujetos a revisión en caso de producirse alguna variación en la naturaleza del viaje.

 

HOTELES

INFORMACIÓN DE LOS HOTELES

1. Aunque se pone el máximo cuidado en que las fotografías, las representaciones gráficas y los textos destinados a describir los hoteles se ajusten a la realidad de las prestaciones del alojamiento, es posible que ocurran variaciones debidas a cambios en el mobiliario o a posibles reformas. El cliente no podrá efectuar reclamación alguna en este sentido, ya que los cambios no afectarán a las características fundamentales del servicio. 

2. La calidad y contenido de los servicios prestados por el hotel vendrán determinados por la categoría turística oficial, si la hubiese, asignada por el órgano competente de su país.

ENTRADAS Y SALIDAS 

3. En la mayoría de los establecimientos, la habitación estará a su disposición desde las 14:00 horas del día de llegada hasta las 12:00 horas del día de salida. En caso de que necesitara mantener sus pertenencias en el hotel con posterioridad a ese horario debería consultarlo con el hotel. 

4. Para aquellos clientes con pensión completa o todo incluido el hotel se reserva el derecho de dar el servicio alimenticio en base a los horarios de llegada al hotel. Por lo general, si la llegada es posterior a las 12.30 horas, el primer servicio del hotel (cuando esté incluido) será la cena. En las llegadas posteriores a las 19:30 horas, el primer servicio del hotel será el alojamiento.  

5. Dependiendo del número de clientes según nacionalidad, los hoteles se reservan el derecho a programar sus actividades exclusivamente en idiomas extranjeros.

6. La mayoría de establecimientos exige para el servicio de cena pantalón largo y/o vestimenta formal para los caballeros.

SERVICIO TODO INCLUIDO

7. El cliente con régimen Todo Incluido deberá llevar siempre la pulsera o identificación marcada por cada establecimiento y mostrarla en el momento de solicitar el servicio.

8. La modalidad de Todo Incluido es personal e intransferible no pudiendo hacer uso de este servicio ninguna otra persona.

9. El hotel se reserva el derecho de anular la prestación de este servicio en caso de mal uso del mismo.

10. Horarios: Todos los horarios expuestos en el Todo Incluido están sujetos a modificación por parte del establecimiento.

11. Bebidas: Salvo indicación expresa, se entienden bebidas con o sin alcohol, locales o nacionales, de la carta del Todo Incluido de cada establecimiento.

HABITACIONES

12. Todas las características reflejadas se basan en acomodación doble estándar, pudiendo no ajustarse el resto de acomodaciones. Las terceras personas y los niños que compartan habitación se alojarán habitualmente en cama de supletoria, o sofá cama, o en dos camas matrimoniales ya que en la mayoría de los hoteles no existen habitaciones triples.

13. Las habitaciones dobles podrán tener dos camas separadas o una sola cama válida para dos personas sujetas a disponibilidad del hotel. Algunas instalaciones en algunos hoteles son operativas exclusivamente en fechas concretas y no toda la temporada como, por ejemplo, el aire acondicionado, calefacción, piscinas, jacuzzis climatizados, etc. que estarán sujetos a lo determinado por el establecimiento hotelero.

PRECIOS

14. Los precios relativos a la reserva de los servicios se indican antes y durante la reserva.

15. Los precios se expresan por habitación, número de personas y para la fecha seleccionada.

16. Las cantidades se indican son en euros y con todos los impuestos incluidos válidos solo para el periodo indicado en la página Web.

17. Salvo indicación contraria, las prestaciones complementarias (desayuno, media pensión, pensión completa, etc.), no se incluyen en el precio.

18. Los precios no incluyen bebidas en las comidas, excepto donde se indique lo contrario. La mayoría de los hoteles consideran la Media Pensión como desayuno y cena, no admitiéndose cambio de cena por almuerzo.

19. Viajestejedor.com indicará el importe total del pedido en el momento de la confirmación de la reserva.

20. Las instalaciones y servicios tales como: restaurantes a la carta, facilidades deportivas y recreativas, todo lo relacionado con salud y belleza, etc., son siempre de pago directo en el establecimiento siendo su publicación a título meramente informativo.

PROCESO DE RESERVA

21. El cliente selecciona los servicios ofrecidos en el sitio web viajestejedor.com.

22. Las reservas se considerarán formalizadas una vez que viajestejedor.com haya recibido el prepago en línea con tarjeta bancaria.

23. Con anterioridad a cualquier reserva, el cliente se compromete a ofrecer todos los datos solicitados en el bono o en la solicitud de reserva.

24. El cliente garantiza la veracidad y la exactitud de los datos que proporcione.

25. El proceso de reserva comprende las etapas siguientes:

26. Una vez completado el proceso de reserva, el cliente recibirá un acuse de recibo por correo electrónico.

MODIFICACIONES Y CANCELACIONES

27. Nuestro sistema de reservas de hoteles no permite modificar ni cancelar las reservas ya realizadas. Para hacer cualquier cambio o anulación, siempre y cuando el tipo de habitación reservada lo permita, se deberá contactar por correo electrónico a reservas@viajestejedor.es o por teléfono a 902211012, de lunes a viernes laborables entre las 09.00 y 18.00 horas.

28. En el correo electrónico se especificará:

31. Una vez recibida esta información, procederemos a hacer las gestiones correspondientes para realizar el cambio o anulación. En caso de existir reembolso el importe se ingresará en la misma tarjeta con la cual se efectuó el pago.

32. No se admitirá ningún tipo de cancelación ni reembolso (parcial o total) el mismo día de inicio de la estancia en el hotel, ni mientras dura la estancia ni después de la misma.

COMISIONES POR GESTIÓN DE CAMBIOS Y CANCELACIONES

33. En caso de cancelación o modificación de la reserva viajestejedor.com cobrará al cliente 12 EUR en concepto de gastos de gestión, importe no reembolsable.

34. Adicionalmente, si dicha modificación o cancelación se produce dentro de las 72 horas antes de la fecha de entrada al hotel, el cliente abonará una cantidad que podrá variar entre el precio de una noche, hasta el 100% del importe de la reserva dependiendo del destino, fecha y hotel reservado.

35. De no presentarse a la hora prevista para la llegada al hotel el cliente no tendrá derecho a devolución alguna de la cantidad abonada.

36. La política de cancelación de algunos hoteles estipula que pueden cobrar gastos hasta del 100% lo cual se tendrá en cuenta a la hora de hacer cualquier cambio o anulación de la reserva.